Nuevas medidas migratorias para extranjeros y residentes en Japón, Chile, Panamá y El Salvador.
Estos nuevos requisitos fueron informados por la Embajada de Japón en Uruguay y las respectivas Embajadas en Chile, Panamá y el Salvador, según dio a conocer en un comunicado la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país.
Japón:
Las siguientes medidas que han sido implementadas hasta la finalización del Estado de emergencia, según el documento anexo “Nuevas medidas de control fronterizo”, del 13 de enero de 2021, permanecerán vigentes hasta nuevo aviso:
- Suspensión temporal del “Business Track” y el “Residence Track” para la entrada al país.
- Suspensión temporal de los nuevos ingresos al Japón, desde cualquier país.
- Suspensión temporal de las medidas excepcionales para el regreso o reingreso al país, luego de viajes de negocios de corta duración.
Chile:
El Gobierno chileno resolvió el cierre total de fronteras en abril, quedando prohibido el ingreso de extranjeros no residentes.
Pueden ingresar
- Los chilenos y extranjeros residentes.
Salida del país
- La salida del país no está autorizada, salvo situaciones extraordinarias o imprescindibles. En este caso, se deberá solicitar un permiso para salir de Chile a través de www.comisariavirtual.cl
- Dentro de estas excepciones podemos encontrar:
- La realización de actividades fundamentales e imprescindibles para el país.
- Una situación de carácter humanitario.
- Una situación esencial, vinculada a la salud del solicitante.
- Un viaje sin retorno a Chile.
Medidas permanentes
- La presentación obligatoria de un Test PCR negativo, realizado 72 horas antes del embarque (se excluye de esta obligatoriedad, a los lactantes menores de 2 años).
- Completar el Pasaporte Sanitario Internacional.
- Luego del arribo al país, completar el formulario de seguimiento por 14 días, el cual será enviado vía correo electrónico.
- Estas medidas rigen para todos los viajeros que ingrese a territorio chileno, sin importar país de origen, ni la región de destino. Tampoco si tienen un esquema completo de vacunación contra el Covid-19, independientemente de la vacuna.
Cuarentena obligatoria
- Además, deberán cumplir una cuarentena obligatoria de 10 días o hasta que el viajero abandone el país si el plazo es inferior, sin posibilidad de eximirse.
- Podrán eximirse de la cuarentena obligatoria, los menores de edad que viajan solos. En este caso podrán realizar la cuarentena en su domicilio, no siendo obligatoria la cuarentena de 5 días en un hotel de tránsito.
- Los chilenos o extranjeros residentes, deberán recluirse los primeros 5 días desde su ingreso, y pueden optar por un hotel de tránsito o un hotel autorizado por la SEREMI de Salud para tal efecto.
- Los extranjeros no residentes (una vez que puedan volver a ingresar), deberán recluirse los primeros 5 días desde el ingreso al país en un hotel de tránsito, dispuesto para tales efectos por la SEREMI de Salud. El mismo debe ser reservado con anterioridad al viaje.
Seguro médico
Los extranjeros no residentes (una vez que puedan volver a ingresar), deberán contratar en su país un seguro de salud que les otorgue la cobertura para la atención médica internacional, en caso de contraer Covid-19 en Chile.
El monto mínimo de la cobertura, deberá ser de U$S 30.000 (treinta mil dólares americanos), para cubrir asistencia médica de urgencia, atención hospitalaria, repatriación por motivos médicos o fallecimiento y cualquier gasto originado por el Covid-19.
+Info: Ministerio de Salud de Chile
Panamá:
El Gobierno de Panamá, aprobó el Decreto Ejecutivo que regula el ingreso de todos los pasajeros provenientes de Sudamérica a territorio panameño, sean o no residentes en aquel país.
El mismo establece que a partir del 31 de marzo de 2021, toda persona proveniente o que haya transitado por Sudamérica y que ingrese a Panamá, deberá presentar una prueba de PCR o antígenos negativa, realizada con 48 horas previas a su arribo.
Asimismo, además del resultado negativo que presente el viajero, deberá realizarse, a su costo, una prueba PCR o antígeno, previo al registro migratorio.
Si el resultado de la prueba efectuada en Panamá es negativo, la persona deberá cumplir cinco días de aislamiento en su domicilio o en un hotel hospital para viajeros Covid-19.
Al quinto día, se vuelve a aplicar la respectiva prueba y si resulta negativa termina la cuarentena.
Si el resultado de la prueba es positivo, deberá realizarse una prueba de PCR-RT y otra de tipificación análisis por +ICGES, además de cumplir una cuarentena de 14 días en un hotel hospital para viajeros Covid-19, según lo considere el Ministerio de Salud (MINSA).
Todos los viajeros con resultados negativos serán ingresados en un sistema de trazabilidad, llamado «Paco Viajero» por 5 días, hasta que obtenga una segunda prueba negativa, la cual será realizada en domicilio por el MINSA. Aquellos con resultado positivo, serán ingresados en el referido sistema por un período de 14 días.
El Salvador:
El Gobierno de El Salvador dejó sin efecto la prohibición de ingreso a aquel país, ya sea por aire, mar o tierra, de los viajeros procedentes del Reino Unido (Inglaterra, Escocia, Irlanda del Norte y Gales) y Sudáfrica, o que hayan permanecido en dichos países en los últimos 30 días.
A partir del 26 de marzo de 2021, podrán ingresar a territorio salvadoreño, las personas que acrediten:
- Haber sido vacunados contra el Covid-19, con una o dos dosis según la vacuna utilizada.
- Que presenten el resultado negativo de una prueba molecular de Covid-19 (PCR, NAAT, LAMP), realizado hasta 72 horas previas del ingreso al país.