Fue publicado hoy en el Boletín Oficial, la Disposición 20/2021 del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, Subsecretaría de Promoción Turística y Nuevo Productos, que establece una extensión hasta el 15 de octubre de 2021 el plazo previsto respecto de los servicios a usufructuarse a partir del 1 de diciembre de 2021.
La Resolución Nº 305/21 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES creó el PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE”, aprobó su Reglamento y, entre otras cuestiones, facultó a esta SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA Y NUEVOS PRODUCTOS a dictar normativa complementaria para realizar modificaciones respecto de los alcances, límites y plazos allí establecidos.
Que el artículo 3° del Reglamento del PROGRAMA dispuso que solo generen beneficios las compras anticipadas que, efectuadas ante prestadores turísticos inscriptos, en los términos allí contemplados, observen la siguiente ordenación: i) compras anticipadas realizadas del 12 de agosto al 15 de septiembre de 2021: comprenden servicios a ser usufructuados a partir del 1 de noviembre de 2021; ii) compras anticipadas realizadas del 1 de septiembre al 30 de septiembre de 2021: comprenden servicios a ser usufructuados a partir del 1 de diciembre de 2021; iii) compras anticipadas realizadas del 1 de octubre al 31 de octubre de 2021: comprenden servicios a ser usufructuados a partir del 1 de enero de 2022, y iv) compras anticipadas realizadas del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2021: comprenden servicios a ser usufructuados a partir del 1 de febrero de 2022.
Extiéndase hasta el 15 de octubre de 2021 el plazo previsto en el artículo 3° del Reglamento del PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA PREVENTA DE SERVICIOS TURÍSTICOS NACIONALES “PREVIAJE”, aprobado por la Resolución N° 305/21 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, respecto de los servicios a usufructuarse a partir del 1 de diciembre de 2021.