Establece con vigencia a partir de este viernes que las entidades financieras y no financieras emisoras de tarjetas de crédito no deberán financiar en cuotas las compras efectuadas mediante tarjetas de crédito de sus clientes –personas humanas y jurídicas– de pasajes al exterior y demás servicios turísticos en el exterior (tales como alojamiento, alquiler de auto, etc.), ya sea realizadas en forma directa con el prestador del servicio o indirecta, a través de agencia de viajes y/o turismo, plataformas web u otros intermediarios.”
La resolución prohíbe la aplicación de cuotas para el pago de servicios turísticos tanto a las emisoras de tarjetas en forma directa como a través de plataformas digitales o agencias de viajes, según lo establecido por la comunicación A7407 de la entidad. La medida tiene como objeto «desalentar» los viajes al exterior que, entre 2012 y 2020, acumularon un déficit de US$ 47.800 millones en la cuenta Viajes.
Compra de pasajes con tarjetas de crédito
Los pasajes de avión con destino dentro del territorio nacional se podrán financiar con tarjeta de crédito dentro de los programas de Ahora 12 impulsados por el Gobierno nacional. En tanto la adquisición de pasajes de avión con destino al exterior se podrá financiar con tarjeta de crédito con una tasa de 43%, según una disposición del BCRA.
Precisiones sobre la operatoria de Transferencias 3.0
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) brindó más precisiones sobre la operatoria de la iniciativa Transferencias 3.0, que tendrá un hito el próximo lunes cuando esté interoperable todo el sistema de pagos a través de los códigos QR:
-El plazo de acreditación máximo será de 25 segundos para el caso de los pagos con transferencia en los que resulte necesaria la interoperabilidad entre diferentes esquemas de pago.
-Cada esquema de transferencias inmediatas tendrá que contar con herramientas de mitigación de fraude que permitan identificar patrones sospechosos y alertar a los usuarios antes o después de la autorización de la transacción.
-Los aceptadores podrán cobrar a los comercios un precio que esté dentro del rango del 0,6% al 0,8%.
-Todo administrador de esquemas de transferencias inmediatas deberá asegurar que los precios cobrados por los aceptadores estén dentro de los rangos establecidos.
-Los administradores de esquemas de transferencias inmediatas deberán presentar ante la Subgerencia de Medios de Pago, antes del 30 de junio de 2022, un plan consensuado para la implementación de un repositorio transaccional unificado que almacene la totalidad de las operaciones reguladas en las normas sobre Transferencias 3.0.