El Consejo de Gobierno aprueba el uso obligatorio de las mascarillas en todos los espacios, tanto cerrados como abiertos

Canarias también prohíbe el ocio nocturno en lugares cerrados y limita el aforo en los sitios abiertos

El Ejecutivo adopta medidas preventivas más exigentes con el fin de preservar la salud de las personas y la economía; Canarias es la comunidad con una incidencia acumulada de casos más favorable en todo el país, con 22,7 por 100.000 habitantes

El Consejo de Gobierno extraordinario celebrado esta mañana de jueves (13 de agosto de 2020) para analizar la situación de la pandemia COVID-19 en Canarias ha adoptado el acuerdo de aprobar una serie de medidas sanitarias de reforzamiento en aras a buscar la contención de los contagios en las Islas. El Consejo ha aprobado, a instancias de la Consejería de Sanidad, el uso obligatorio de la mascarilla tanto en los espacios abiertos como en los cerrados, independientemente de que se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. Además, el Consejo ha aprobado restricciones en los sectores de restauración y de ocio nocturno.

Estas medidas se toman tras constatar en la última semana un incremento significativo de casos de COVID-19 en el Archipiélago, sobre todo en menores de 30 años y vinculados al ocio nocturno. Actualmente, en Canarias hay 28 brotes activos (con casos diagnosticados en los últimos 14 días), con 268 casos y 745 contactos estrechos identificados y en cuarentena.

Pese a esa evolución negativa, Canarias posee hoy en día la situación más favorable de la pandemia en España, donde es el territorio con una incidencia acumulada de casos diagnosticados (medidos a 14 días) de las más ventajosas del país, con 22,71 casos por cada 100.000 habitantes, por delante de Asturias y Galicia, según se recoge en el último informe oficial sobre la COVID-19 (miércoles 12 de agosto) publicado por el Ministerio de Sanidad.

El 31 de julio había en Canarias 15 brotes activos, en los que habían implicados 157 casos confirmados y más de 500 contactos estrechos identificados y en cuarentena. Es decir, en dos semanas el número de personas en seguimiento por brotes ha aumentado el 50%.

Ante esa situación, el Consejo de Gobierno ha tomado la determinación de adoptar nuevas medidas restrictivas proporcionales al riesgo y dirigidas a aquellos ámbitos o sectores en los cuales se debe reducir el riesgo de transmisión.

Mascarilla obligatoria

A partir de este viernes, cuando el acuerdo se publique en el BOC, se establece la obligatoriedad del uso de mascarillas a todas las personas de seis años en adelante. Será obligatorio llevar mascarilla en “la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público, o en el que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros”.

Además, será obligatorio el uso correcto de la mascarilla, debiendo cubrir, durante todo el tiempo, la nariz y la boca completamente. Asimismo, deberá estar adecuadamente ajustada a la nariz y a la barbilla, de modo que impida la expulsión de secreciones respiratorias al entorno.

La mascarilla será obligatoria en los establecimientos y servicios de hostelería y restauración, incluidos bares y cafeterías. Solo se excluye la obligación de su uso en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas.

En las playas y piscinas solo se excluye la obligación del uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal entre todas las personas usuarias no convivientes. En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en esos espacios e instalaciones.

En los centros educativos no universitarios no será obligatoria la mascarilla cuando se trate de los grupos de convivencia estable entre escolares y en el resto de grupos escolares, cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de al menos 1,5 metros.

La obligación del uso de mascarilla no será exigible en los supuestos previstos en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19.

Además de esa obligatoriedad, el Consejo de Gobierno, a instancias de la Consejería de Sanidad, recomienda la utilización de mascarilla también en los espacios privados, “tanto abiertos como cerrados, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos núcleos de convivencia”.

Restauración

Junto a la anterior medida sobre el uso de la mascarilla, se establecen otras en el ocio y la restauración. En este sentido, se modifica la norma anterior respecto a los aforos en bares y restaurantes pues la ocupación máxima de mesa o agrupación de mesas será de 10 personas, tanto en el interior como en el exterior de los locales. Se mantiene la distancia de separación de 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas, así como en la barra entre clientes o grupos. La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas en interior y exterior será de 10 personas. En todo caso, los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la mencionada distancia de separación.

Ocio nocturno

Respecto al ocio nocturno, solo se permite aquel que se produzca en espacios abiertos, tipo terraza. Estos locales podrán abrir al público exclusivamente para consumo sentado o de pie y siempre en reservados nominativos. El acceso será mediante grupos de hasta 10 personas de su entorno social o familiar, sentadas o de pie, y el consumo será directamente servido en cada reservado.

En todo caso, el aforo en terrazas al aire libre, discotecas y ocio nocturno será como máximo del 75%. Además, habrá que mantener la distancia interpersonal y el uso de la mascarilla.

En su caso, el personal de seguridad velará por que se respete la distancia interpersonal de seguridad y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones, prestando especial atención a las zonas de acceso e inmediaciones, así como a cualquier otra zona donde no se respete la distancia interpersonal de seguridad.

El Gobierno prohíbe también los encuentros y las fiestas en embarcaciones recreativas donde no se pueda mantener la distancia de seguridad.

El presidente destacó además que la celebración de verbenas y fiestas populares seguirán sin autorizarse, dada la evolución epidemiológica actual.

Por otra parte, el Consejo de Gobierno aprobó la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios de uso público donde no se pueda mantener la distancia física de 1,5 metros, atendiendo al riesgo de contagio de la COVID-19 que puede implicar el humo.

Por último, el presidente anunció una especial atención a las residencias de mayores, lo que implica un cribado tanto de residentes como de trabajadores.